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El 2010 es el año del bicentenario del primer decreto en la historia de España en el que se aprobaron la abolición de la censura y se implantó la libertad de prensa.

A partir de este momento la libertad de expresión de pensamiento, comunicar libremente noticias y opiniones, así como el derecho a informar y estar informado, forma parte de las Constituciones democráticas, de los derechos políticos e individuales de la ciudadanía.

Inicialmente, las mujeres no tenían reconocidos los derechos de ciudadanía por lo que carecían, entre otros, de estos derechos.

El trabajo de inclusión en los derechos humanos y derechos de ciudadanía, por parte de la mujer, ha sido intenso  y ha llevado a que formalmente la igualdad esté reconocida como  principio básico en las legislaciones de los países democráticos.

A pesar de esta “igualdad teórica” que comprende la parte legal, no se corresponde con la realidad, ya que no ha habido una modificación en las costumbres.

El s.XXI se define como la era de la sociedad del conocimiento en que la información y la comunicación son fundamentales. Bajo estas dos premisas y entendiendo la comunicación en el sentido más amplio, entendiendo los medios no solo como transmisores de noticias sino como soporte a la opinión, a la publicidad y a la divulgación de todo tipo de contenidos, se obtiene la conclusión de la imperiosa necesidad de regular los medios de comunicación en este campo.

Cumpliendo con la legislación vigente y con todas las recomendaciones relacionadas con la igualdad “real” entre mujeres y hombres, nos encontramos con empresas de comunicación como TRAMPANTOJO que bajo estas premisas, realiza todos sus trabajos teniendo en cuenta la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Para más información sobre los trabajos y servicios de TRAMPANTOJO consulte la web: www.trampantojocomunicación.com

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Medios de Comunicación